Las impugnaciones de parques eólicos en Galicia continúan siendo una causa controvertida de máxima actualidad. Hasta la fecha, la confrontación de intereses se ha inclinado a favor de la protección medioambiental, dando lugar a numerosas suspensiones de autorizaciones administrativas otorgadas a proyectos eólicos por la Xunta, recordando el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en sus resoluciones que el Tribunal Constitucional en sede cautelar concede una posición preferente al medio ambiente sobre el desarrollo económico.
Entre las más recientes, el TSXG ha suspendido cautelarmente el proyecto de parque eólico Cunca en la provincia de Pontevedra por la proximidad que tendrían los aerogeneradores a núcleos de población habitados, aludiendo a la concurrencia de riesgo para la salud de las personas y del ganado de producción, susceptible de producirles perturbaciones y daños de difícil reparación. En concreto, un aerogenerador, que mide 200 metros, estaría a 510 metros de distancia de uno de los núcleos afectados y otros tres núcleos se situarían a menos de 1000 metros. Conforme se subraya en el auto de suspensión, la Declaración Ambiental Estratégica del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 del Ministerio para la Transición Ecológica desaconseja el emplazamiento de este tipo de instalaciones a una distancia inferior a 1000 metros de núcleos poblados, mientras que la normativa actual fija una distancia mínima de cinco veces la altura del aerogenerador por razones de urbanismo y de calidad de vida.
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