La sentencia 452/2024, de 13 de marzo, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha resuelto en interés casacional los efectos que tiene la existencia de un litigio civil sobre la herencia en la liquidación del impuesto sobre sucesiones, estableciendo al respecto que el procedimiento de testamentaría puede tener una incidencia directa en el tributo y ser causa de suspensión del procedimiento de recaudación incoado como consecuencia del impago de la autoliquidación presentada por el contribuyente con carácter previo.
La ratio decidendi se fundamenta en que el proceso civil en curso contra la masa patrimonial hereditaria afecta al caudal relicto y, en consecuencia, a la determinación de elementos esenciales del tributo, puesto que es la base imponible la que permitirá establecer, junto al tipo de gravamen, la cuantía principal de la obligación tributaria. Por tal motivo, aunque el art. 69.4 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones parezca indicar lo contrario, el Supremo considera que sí debe suspenderse el abono del impuesto sobre sucesiones hasta que se resuelva el litigio sobre la herencia.
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