El Consejo General del Poder Judicial presentó el 13 de marzo de 2024 el estudio Análisis de casos y sentencias en materia de racismo, xenofobia, LGTBIfobia y otras formas de intolerancia 2018-2022, relativo a los delitos de odio producidos en España entre 2002 y 2021, cuya realización es fruto del acuerdo entre la Fiscalía General y varios Ministerios, en el marco del mandato de registrar los datos de denuncias y la estadística judicial contenido en la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación (art. 36.3 y 4).
Los resultados del estudio han permitido, en primer lugar, conocer el alcance de la reforma del Código Penal producida en 2015, que, al modificar la agravante del art. 22.4 CP y el art. 510 CP, ha tenido un impacto sustancial en los tipos penales más recurrentes que, conforme se recoge en el estudio, han sido los de discurso de odio del citado art. 510 CP (62 %), lesiones de los arts. 147 y 148 CP (10,6 %) y trato degradante del art. 173.1 CP (10,2%). Entre los delitos de odio en sentido estricto, los delitos contra la integridad moral han sido los más habituales (44,4 %).
En segundo término, el estudio ofrece el actual mapa de colectivos diana de los delitos de odio, concluyendo que el colectivo LGTBI es el más victimizado, ya que la orientación sexual e identidad de género ha sido el motivo más frecuente en el 22,7 % de los casos juzgados.
El reproche penal en los delitos de odio es instrumental para la convivencia y la tolerancia de cualquier sociedad comprometida con la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad de los individuos que la integran, y cualquier esfuerzo invertido en su prevención es imprescindible, como se afirma en el estudio, “por su enorme potencial de envenenamiento de la coexistencia pacífica entre grupos diferentes”.
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